La temporalidad para el ejercicio de la acción de repetición prevista en la LOGJCC: entre la caducidad y prescripción [del ejercicio de la acción]
Resumen
El oportuno ejercicio de la acción jurisdiccional de repetición constitucional en Ecuador es de trascendental importancia en la Constitución de 2008. Esta acción permite a la administración pública recuperar los recursos económicos destinados a la reparación material de violaciones de derechos, así como, evitar que en un futuro se continúen generando conductas similares. Con el fin de identificar el ejercicio oportuno o no de la acción de repetición, se ha determinado qué institución jurídico procesal resultaría aplicable. Este análisis implicó analizar la prescripción del derecho a demandar y la caducidad del ejercicio de la acción. En esa medida, tras una interpretación integral del sistema normativo vigente y el estudio de los precedentes emitidos por las altas cortes de justicia, se determina que la institución jurídico procesal adecuada y razonablemente aplicable para la acción de repetición sería la caducidad del ejercicio de la acción cuando la demanda se ha presentado fuera de la temporalidad señalada en la ley de la materia. Esta situación implica potencialmente el incumplimiento de las finalidades constitucionales de la repetición, generado por la responsabilidad de la propia administración pública.
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